Quinto Mandamiento. Suicidio. Pena capital. Vivisección. La guerra.

 ¿Es legal el suicidio cuando, por ejemplo, pretende uno defender el propio honor? Yo he oído decir que muchos santos se suicidaron. Además, parece que todos los suicidas están locos. Si, pues, están locos, ¿con qué derecho les niega la Iglesia sepultura eclesiástica, condenándolos al infierno por el mero hecho? Por fin, ¿no es cierto que a veces el suicidio es un acto de valentía?
     Suicidarse es quitarse la vida libremente, bien sea de una manera directa y violenta, como disparándose un tiro o tomando veneno; bien indirectamente, como sería exponerse a una muerte cierta sin causa que lo justifique. Aunque es cierto que muchos suicidas padecen de enfermedades mentales, es falso afirmar que todos ellos están locos. Tampoco es cierto que el suicidio sea un acto de valor como creían los estoicos paganos; al contrario, es un acto de cobardía, y va contra el quinto Mandamiento: “No matarás”. En general, el suicidio es fin de una vida de despilfarro, crímenes y otros vicios. El suicidio nunca es lícito, pues es contrario a la ley natural, en virtud de la cual todos estamos obligados a preservar la vida como el mayor de los dones recibidos de Dios, y es también contrario a la ley divina, que nos dice que Dios es el único que “tiene poder sobre la vida y sobre la muerte” (Sab. XVI, 13). Sólo Dios puede limitarla dándole principio y poniéndole fin. Además, el suicidio es un crimen contra la sociedad. El hijo, el padre, el esposo, el ciudadano que se suicida se niega cobardemente a prestar su prójimo los servicios que le debe. Ni vale la excusa de que las miserias de esta vida son con frecuencia intolerables. El Evangelio nos manda abrazarnos con la cruz para imitar más de cerca a Jesucristo y seguirle luego en la gloria. Los padecimientos de esta vida, bien llevados, son fuentes de gloria en el cielo.
     Es falso que los santos cometieran suicidio. Hubo mártires, como Santa Apolonia de Alejandría (249), y otros muchos de que nos habla el Martirologio, que saltaron gozosos a las llamas sin aguardar a ser arrojados en ellas por los verdugos; pero estos actos heroicos sólo se pueden hacer por inspiración de Dios, ni merecen el nombre de suicidios.
     Es cierto que la Iglesia niega sepultura cristiana a los que “se quitan la vida deliberadamente” (canon 1240) “desesperados y con ira” (Decreto del Santo Oficio, 16 de mayo de 1866); pero se abstiene de condenarlos al infierno. Esto pertenece a Dios únicamente.

    ¿No es cierto que la pena capital es un homicidio? ¿Por qué se ha de castigar el crimen cometiendo otro crimen?
La Iglesia católica ha mantenido siempre que el Estado tiene derecho para castigar con pena de muerte ciertos crímenes graves, perseverando así el orden y la seguridad dentro de las fronteras. Santo Tomás dice expresamente que “tal género de muerte no es homicidio”. Y el Papa Inocencio III declaró contra los valdenses que “el poder secular puede imponer pena de muerte sin pecar por ello gravemente”. El catecismo del Concilio de Trento dice que “los magistrados que condenara a muerte…, no sólo no son reos de homicidio, sino que obedecen perfectamente a esta ley (el quinto Mandamiento), que condena el homicidio”.
     El Antiguo Testamento prescribió la pena de muerte para ciertos crímenes (Gén. IX, 6; Ex. XXI, 12, 14, 23; Levítico XX, 2; Deut. XIX, 12). El Nuevo Testamento presupone que el Estado tiene derecho a condenar a muerte a los criminales (Juan XIX, 10-11; Hech. XXV, 11) “porque es el ministro de Dios, el vengador que castiga a los que obran el mal” (Rom XIII, 4). Pero la Iglesia, aunque defienda el derecho que le asiste al Estado para ejecutar a los criminales, no cree que la aplicación de la ejecución es el único medio para evitar los crímenes. Eso lo deja al arbitrio de los ciudadanos. De hecho, son frecuentes los casos en que los obispos han pedido al Estado que indulte a criminales condenados ya a muerte, y el Derecho Canónico condena con irregularidad a cualquier clérigo que coopere en la ejecución de un condenado a muerte (canon 984). El argumento apodíctico que se suele aducir para probar que el Estado tiene derecho a imponer la pena de muerte es el derecho que tiene a la defensa propia. Así como el individuo tiene derecho a matar al adversario que le quiere quitar la vida, así el Estado tiene derecho a defenderse contra los enemigos externos (la guerra) y contra los enemigos internos (pena capital), que con sus crímenes amenazan echar por tierra los cimientos del orden social.
      Como dijo Santo Tomás“La ejecución de un malhechor es lícita, pues tiene por fin el bienestar de toda la comunidad” (2, 2, q. 64, a. 3). Hay quienes niegan la licitud de la pena capital; pero se fundan en un principio falso, pues creen que el crimen es una enfermedad hereditaria o nacida del ambiente en que uno se cría, y niegan, además, la libertad de la voluntad. Estos tales separarían a los criminales como separamos a los atacados de viruela y los ponemos en una casa de apestados. Para ellos, la cárcel es castigo más que suficiente aun para los crímenes más atroces. Hay otros que opinan que cadena perpetua es peor aún que la pena de muerte. Creemos que para la mayoría de los criminales la pena de muerte es mucho peor que cadena perpetua. El condenado a muerte pierde toda esperanza para siempre, mientras que el condenado a cadena perpetua ve en lontananza un indultillo o una “fuga”. Mientras uno vive, siempre queda la esperanza. Por eso decimos que, en general, la pena de muerte es un castigo mucho más eficaz que la cadena perpetua. A estos segundos les decimos que si el Estado tiene derecho a imponer un castigo más duro que la pena de muerte, se colige necesariamente que también tiene derecho para imponer esta pena.
     En varias naciones de Europa, Bélgica, Holanda, Italia, Portugal y Rumania, en algunos cantones suizos y en algunos Estados de Norteamérica, se ha abolido la pena de muerte. Es muy discutible el resultado de esa abolición. Desde luego, abolir la pena de muerte no quiere decir que el Estado no tenga derecho a imponerla; a lo sumo, se seguiría que el Estado suspende temporalmente el ejercicio de un derecho. Ciertamente, está más en armonía con el espíritu del Evangelio restringir la pena de muerte a ciertos crímenes más horrendos, como el homicidio, la piratería y la traición. El inglés Blackstone condenó, y con razón, la legislación inglesa del siglo XVIII, en la que se contenían ciento sesenta delitos punibles con la pena de muerte.

     Parece que la vivisección es inmoral, por la crueldad que supone contra los animales. ¿O es que no estamos obligados a tratar bien a los animales?
     La vivisección es lícita y moral. Los animales fueron criados por Dios para servicio del hombre (Gén. IX, 3; salmo VIII, 8); por tanto, como dijo Santo Tomás, el hombre puede usar de ellos libremente, ya matándolos, ya de otra manera sin hacerles por eso injuria alguna (Contra Gentiles 50, 3, c. 112, n. 7). Hablar de los derechos de los animales y de nuestros deberes para con ellos es, por no decir otra cosa, ridículo. Oigamos al cardenal Newman: “Nosotros no tenemos deberes algunos para con los brutos, ni hay relación alguna de justicia entre ellos y nosotros. Claro está que no tenemos derecho a maltratarlos porque sí, que la crueldad es algo repugnante y contra la ley natural que Dios ha escrito en nuestros corazones; pero absolutamente hablando, los animales no tienen derecho a exigirnos nada. Dios los crió y los puso a nuestra disposición. Podemos, pues, valernos de ellos como nos plazca; podemos divertirnos con ellos y emplearlos en oficios duros para nuestro provecho; podemos, incluso, matarlos cuando y como nos parezca, con tal que lo hagamos de manera racional, no por crueldad o ensañamiento, pues, al fin y al cabo, tendremos que dar cuenta de todas nuestras acciones” (Omnipotente in Bonds).  
     La vivisección ha ayudado considerablemente al progreso en todos los ramos de la Medicina y Cirugía, y, gracias a ella, se han podido hacer descubrimientos importantísimos, como la circulación de la sangre, los efectos de ciertas drogas y venenos, la manera de conseguir la cicatrización de ciertas heridas; y, finalmente, los tratamientos en los animales han salvado muchas vidas humanas. En la vivisección no se somete a los animales a tormentos innecesarios, y, cuando es posible, se les da un anestésico, como a los pacientes más delicados.

    ¿No es cierto que la Biblia condena la guerra? En el Antiguo Testamento vemos que Dios no dejó que David edificase el templo “por ser hombre de guerra” (Paral. 28, 3), y Miqueas e Isaías afirmaron que la guerra cesaría con la venida del Mesías (Miq. IV, 3; Isaías II, 4; XI, 13). En el Nuevo Testamento vemos que Jesucristo nos manda “ofrecer la mejilla izquierda al que nos hiera en la derecha” (Mat. V, 39). Asimismo reprendió a San Pedro por querer hacer uso de la espada (Mat XXVI, 52). Y San Pablo: “No os queráis vengar, sino dad lugar a que pase la cólera” (Rom XII, 19). Finalmente, ¿no es cierto que los Padres primitivos condenaron la profesión militar?
     La Biblia no condena la guerra como inmoral intrínsecamente. Al contrario, en ella leemos que Dios: 
1.° aprueba la guerra y la aconseja (Ex. XVII, 11; Deut. VI, 1; Judit IV, 6); 
2.° hace milagros para que triunfen los hebreos (Gen. XIV, 19; Josué X, 11); 
3.° es el Dios de los ejércitos y castiga a veces los pecados de los hombres mandando guerras (Isaí. III, 1; Deut XXVIII, 40; Jeremías V, 14).

      El texto aducido en los Paralipómenos no condena la guerra, sino que se refiere al castigo de David por haber sido causa de la muerte de Urías (2 Rey XI, 17). Las predicciones pacíficas de Miqueas e Isaías se refieren, según unos, a la paz que había de traer a los hombres la redención, o, según otros, a las armas de paz que habrán de usar los cristianos para extender el Evangelio por el mundo. El primer Mandamiento de Nuestro Señor fue que amásemos a Dios y al prójimo por amor de Dios. Si todos cumpliésemos este Mandamiento, las guerras cesarían al punto. Pero flota sobre el mundo todo un nacionalismo pagano que rechaza los principios cristianos de caridad y justicia. 
     En el Nuevo Testamento, San Juan Bautista da consejos saludables a los soldados en su tiempo (Luc. III, 14), y Jesucristo alaba la fe del centurión (Mat. VIII, 10); pero ni San Juan, ni Jesucristo les mandan que abandonen su profesión por ser inmoral. En cuanto a las palabras de Jesucristo en el sermón de la montaña, hay que hacer notar que son consejos de perfección dirigidos al individuo, y San Pablo prohibe la venganza privada bajo pena de pecado mortal. La reprensión de Jesucristo a San Pedro no tiene nada que ver con la licitud o ilicitud de la guerra. Le reprendió sencillamente por su imprudencia en querer usar allí de violencia, ya que, como el mismo Señor dijo, podía llamar en su ayuda nada menos que doce legiones de ángeles.
     Los padres primitivos nunca condenaron la guerra como intrínsecamente inmoral. Orígenes y Tertuliano aconsejaban a los cristianos que no fuesen de voluntarios, pues corrían grave peligro de apostatar. A la hora menos pensada, el soldado cristiano podía recibir una orden que llevaba consigo un acto de pública idolatría.
La Iglesia católica, aunque cree que la guerra es una de las peores calamidades que puede caer sobre un pueblo, sin embargo, si la guerra es justa, no la condena, antes sostiene que es lícita y moral. Condena el pacifismo de los cuáqueros, que no entienden cómo puedan ser compatibles la guerra y el cristianismo, y condena también el principio pagano de que una nación tiene derecho a agredir cuando le convenga. Hay guerras justas, y en tal caso la declaración de guerra es lícita. 
     Para que una guerra sea justa, tiene que reunir las condiciones siguientes: 
 los derechos del Estado han sido violados por otro Estado, o están, en grave peligro de ser violados; 
 la causa que motiva la guerra es proporcional a los males que se prevén; 
 ya se han agotado todos los medios pacíficos de un arreglo;
 hay esperanzas fundadas de que una declaración de guerra mejorará la situación. 
     Si estas condiciones que exigen los moralistas católicos para justificar la guerra se cumpliesen en todos y cada uno de los casos, rarísima vez se han cumplido, las guerras serían un fenómeno raro. Pero hay hoy día un obstáculo gravísimo que impide una paz duradera. Nos referimos a ese nacionalismo exagerado, fomentado por la prensa, controlado por sociedades secretas o partidos interesados, a lo cual hay que añadir el espíritu de militarismo pagano moderno, que cree que las guerras son inevitables. Cada día leemos en revistas y libros que la próxima guerra echará por tierra la presente civilización, tanto material como espiritual. Es menester que el amor a la paz se arraigue en todos los corazones para evitar lo que sería una catástrofe sin precedentes. 
     Su Santidad Pío XI, en su primera encíclica, hizo un llamamiento general en favor de la paz universal, y la divisa de su pontificado es: “La Paz de Cristo en el Reinado de Cristo.”

BIBLIOGRAFIA.Apostolado de la PrensaDecálogo de los diez Mandamientos.
Id.,El quinto, no matar. 
DevineLos Mandamientos explicados. 
C. CorroEl suicidio.
MárquezFilosofía moral. 
MarxuachEtica o moral. 
MendiveElementos de Etica general. 
SalicrúAnálisis del suicidio. 
Castro AlbarránEl derecho a la rebeldía.

Cuarto mandamiento. La Iglesia y la cuestión social. Salario familiar. Huelgas. El comunismo en la primitiva Iglesia. Soberanía del pueblo. La propiedad privada.

Parece que la cuestión social es una cuestión puramente económica. ¿No sería, pues, conveniente que la Iglesia se abstuviera de tomar cartas en este asunto? 

La cuestión social es algo más que una cuestión económica. En la encíclica que escribió León, XIII sobre la Democracia cristiana, leemos que la cuestión social es una cuestión eminentemente moral y religiosa que debe ser resuelta a la luz de los principios de moralidad y conforme a los dictados de la religión. La Iglesia condena igualmente a los que dicen que los clérigos deben meterse en la sacristía y a los que dicen que los problemas económicos deben ser arreglados única y exclusivamente por la jerarquía eclesiástica.  Es cierto que Jesucristo nunca se metió a político, condenando, por ejemplo, la esclavitud u otros males sociales de la época; pero delineó con toda claridad una serie de principios de caridad y justicia capaces por sí solos de formar al mundo entero si los hombres los aplicaran. Su misión divina era espiritual sobre todo. Por eso insistió en que salvar el alma era de más provecho que ganar todo el mundo, y no se cansaba de encomendar el amor a Dios, el amor mutuo y la vida de la gracia que El nos ganó con su Pasión y muerte. Pero conoció muy bien que la solución de la cuestión social dependía de la aceptación de sus enseñanzas morales y religiosas. La Iglesia, lo mismo que su divino Fundador, tiene una misión divina, y es la gracia de Jesucristo. Por eso no está ligada a ninguna forma particular de gobierno, ni entra a tomar parte en partido alguno político social. Pero es incumbencia suya defender puros e ilesos ciertos principios cristianos, que si se cuarteasen amenazarían con el derrumbamiento general de la sociedad. Por eso se opone doctrinalmente al socialismo y al comunismo, que se basan en métodos puramente materialistas y condenan la propiedad privada, y al individualismo frío, que exalta la plutocracia y el encumbramiento de unos pocos con mengua de la mayoría, sin parar mientes en las exigencias de la caridad y justicia social. Los Papas Pío XI, y Pío XII han seguido la misma línea.

¿Qué opina la Iglesia sobre el llamado “salario familiar”? ¿No son acaso libres los obreros y los patronos para fijar el salario que a ellos les parezca? ¿No es justo el contrato libre?

 A esta dificultad contestó, el año 1891, León XIII en su encíclica Rerum novarum. No está la injusticia sólo en que el patrono no pague al obrero lo convenido, ni en que el obrero no haga la obra que se comprometió a hacer. Si el trabajo fuese algo meramente personal, el trabajador podría aceptar cualquier salario; pero, además de personal, es necesario, porque el hombre no puede vivir sin los resultados del trabajo (Gén III, 19). Por tanto, un contrato libre efectuado bajo una presión económica, ni es libre ni es justo. También da libremente la bolsa el caminante a quien los bandoleros echan el alto en descampado. Dice asi León XIII“Aunque es cierto que, generalmente hablando, los patronos y los obreros pueden convenir libremente en un salario determinado, sin embargo, por encima de todo contrato está el dictado de la justicia natural, que exige que la paga del obrero sea tal, que con ella viva razonablemente desahogado. Si el obrero, o por necesidad, o por miedo a un mal mayor, acepta salarios miserables, porque el patrono rehusa darle mas, este obrero es víctima de opresión, e injusticia.” No perdamos de vista que la mayoría de los obreros están casados y tienen familia. Debe, pues, el obrero ganar lo suficiente para llevar adelante su casa con decoro y para meter en la hucha algunas monedas extra que le saquen de apuros un día que llueva, o no pueda trabajar, o tenga una desgracia en casa. El apóstol Santiago dice en su epístola que negar la paga a los obreros es un pecado “que clama al cielo” (V, 4). Pío XI y Pío XII han sancionado y urgido aún más esta misma doctrina.

¿Son legales las huelgas de los obreros? ¿Qué opina la Iglesia católica sobre las huelgas llamadas generales?

Entendemos por huelga el paro voluntario de los obreros de ciertos ramos que se niegan a continuar el trabajo hasta que el patrono acceda a sus demandas. Desde luego, los hombres son libres para trabajar o para pasarse el día en el café; y esto lo mismo el individuo que el grupo de individuos. Si tienen en su favor una razón justa y proporcionada, tienen derecho a declarar la huelga, con tal que no cometan actos de violencia contra los que no se adhieren a la huelga o contra los que se ofrecen a tomar sus empleos para evitar el paro. Entre las causas que justifican una huelga pueden mencionarse: salarios miserables, demasiadas horas de trabajo, circunstancias de insalubridad, el reconocimiento de una asociación, etc. Asimismo, los obreros tienen derecho a declarar la huelga, no sólo para que se les pague un salario mínimo, que es de justicia, sino también para que se les pague un salario decente. Pero las huelgas deben obedecer a motivos proporcionados a la gravedad de sus efectos. La huelga, en fin de cuentas, no es más que una guerra industrial, y no se debe declarar una guerra sin esperanzas fundadas de que el triunfo final pagará con creces los daños inherentes a ella.

Mas si los obreros han hecho un contrato libre y justo con los patronos, aquéllos no tienen derecho a declarar la huelga, pues, como dice León XIII en su encíclica: “La religión y el bien común demandan que tales contratos se guarden inviolablemente.” Sin embargo, hay casos en que estos contratos cesan de obligar, bien porque los patronos no cumplan su parte, bien porque en el contrato mismo se encierran cláusulas injustas que lo invalidan. De la llamada huelga general, no hay que decir sino que es injustísima, tanto en su fin último—que es acabar con el capitalismo—como en sus medios violentos y criminales. Los obreros no tienen derecho alguno a privar a los dueños de sus posesiones ni a inutilizar o destruir sus propiedades. A veces los obreros declaran la huelga porque algunos de sus “camaradas” son tratados con injusticia. Si la huelga es parcial, puede permitirse; pero si es general, no se ve cómo deba permitirse, pues trae consecuencias gravísimas y causa daños incalculables a la sociedad. Además, se suelen violar con ella tratados justos contraídos libremente por las dos partes. Los obreros se adhieren a la huelga simplemente porque sus compañeros declararon la huelga. Este principio no puede ser más absurdo.

 ¿No es cierto que Jesucristo y los primitivos cristianos de Jerusalén fueron comunistas? Además, los Padres de los siglos IV y V negaron el derecho a la propiedad privada, por ejemplo, los santos Juan Crisóstomo, Basilio, Ambrosio, Agustín y Jerónimo.

Esta dificultad la ponen algunos socialistas, pero no tiene fundamento alguno. Jesucristo nunca dijo que la propiedad privada fuese injusta. Pintó, sí, con vivos colores los peligros a que están expuestos los ricos y la dureza de corazón que a veces trae la riqueza; pero no negó que fuese imposible la salvación para los ricos (San Mateo XIX, 26). Si Jesucristo hubiese tenido por injusta la propiedad privada, no hubiera aconsejado al joven rico que vendiese lo que tenía (San Mateo XIX, 21), ni se hubiera contentado con que Zaqueo diese solamente la mitad de los bienes a los pobres (San Lucas XIX, 8). En vez de condenar la propiedad privada, insistió en la limosna y obras de caridad como medio adecuado para ganar el reino de los cielos (San Maeo XXV, 35-36).  En cuanto al comunismo de los cristianos primitivos, decimos que era similar al comunismo que vemos hoy en las comunidades religiosas, pero en modo alguno negaba el derecho a la propiedad privada. Además, no era cosa obligatoria, sino de supererogación. Por eso dijo San Pedro a Ananías: “¿Quién te quitaba el conservarlo? Y aunque lo hubieses vendido, ¿no estaba el precio a tu disposición?” (Hechos V, 4).  Dígase lo mismo del comunismo atribuido a los Santos Padres. Condenaron, ciertamente, a muchos ricos de su tiempo por adquirir injustamente sus riquezas, e insistieron en que se debía dar lo superfluo a los pobres. Pero no condenaron la propiedad privada. Los santos Ambrosio y Basilio retuvieron la propiedad de parte de sus posesiones, y San Jerónimo no vaciló en afirmar que “las riquezas no son obstáculo si el rico usa de ellas como es debido”.

¿No es cierto que la Reforma trajo consigo esta democracia moderna que ha dado al traste con aquellas ideas medievales del derecho divino de los reyes?

No, señor. La Reforma, tanto en, Inglaterra como en el continente, basó la autoridad de los Tudores y de los príncipes alemanes en el llamado derecho divino, para combatir la autoridad divina del Papa. San Roberto Belarmino (1542-1621), el gran teólogo jesuíta del siglo XVI, defendió la soberanía del pueblo contra la teoría del derecho divino a que se agarraba el déspota Jacobo I de Inglaterra. Según él, la ley natural o divina que creó el poder político en general, pone a éste, no en manos de un individuo o de un rey, sino en la multitud o en el pueblo, considerado como una unidad política. El derecho a gobernar no está vinculado a una forma particular de gobierno (León XIII, Immortale Dei), sino que es determinado por el consentimiento del pueblo o por la ley de las naciones. “Es incumbencia del pueblo —dice el Papa— elegir para sí, bien un rey, bien un cónsul o cualquier otro magistrado; y si hay razones que lo justifiquen, el pueblo puede cambiar la forma de gobierno, de aristocracia en democracia, y viceversa.” Y termina citando a Santo Tomás, según el cual, “los dominios humanos y los principales no son de derecho divino, sino humano”.

Otro teólogo eximio de aquel período, el jesuíta Suárez (1548-1617), fue de la misma opinión que Belarmino, y condenó la teoría del derecho divino de Jacobo I, llamándola “doctrina nueva y peregrina, inventada para exaltar el poder temporal y empequeñecer el espiritual”. Ahora bien: como no hubo ningún escritor inglés que favoreciese la democracia en todo el período que corrió entre Lutero y Suárez, es razonable creer que la concepción de un gobierno demócrata les vino a los ingleses por los escritos de Suárez y Belarmino, y dígase otro tanto de los Estados Unidos. En el siglo XVII se inició una reacción contra la teoría y práctica protestantes de despotismo por derecho divino, y se volvió a admitir, al menos en parte, la teoría medieval de los derechos naturales, soberanía popular y libertades de los gremios y cuerpos municipales. Hoy, en el siglo XX, no se ha hecho más que adoptar con más amplitud aquellas ideas políticas.

Parece que el cardenal Belarmino, con su teoría sobre la soberanía del pueblo, fue el responsable de la Revolución francesa. Por lo menos, influyó en ella tanto como Rousseau con su teoría acerca del contrato social.

Las causas de la Revolución francesa fueron, entre otras, la doctrina de Rousseau y la tiranía, extravagancia y absolutismo de los reyes franceses Luis XIV y Luis XV. Hay una diferencia esencial entre la doctrina de Belarmino y la de Rousseau. Según Belarmino, el poder político es una institución natural y divina, necesario para el bienestar de la sociedad. En cambio, Rousseau sostenía que el poder no era más que una conveniencia humana, que no existía más que porque los hombres habían convenido en crearlo. Belarmino derivaba el poder inmediatamente del pueblo, considerado como un todo, pero mediatamente, de Dios; mientras que Rousseau basaba ese poder únicamente en un contrato entre el súbdito y el soberano. Belarmino declaró que los subditos estaban obligados en conciencia a obedecer a todas las autoridades legales. Rousseau no vaciló en afirmar que “cada uno está unido a los demás, pero no obedece más que a sí mismo, y queda tan libre como antes”. Se ve, pues, que Rousseau facilitó el advenimiento de la Revolución francesa, y Belarmino echó los cimientos de la democracia moderna bien entendida.

La Iglesia católica defiende acérrimamente la propiedad. ¿No es esto ponerse al lado de los ricos y aplastar al pobre? ¿A qué viene esa oposición de la Iglesia al socialismo? El socialismo es el remedio más eficaz contra los males del sistema industrial moderno.

La Iglesia condena el socialismo no porque se incline a los ricos más que a los pobres, sino porque tiene que defender el derecho que todos tenemos a poseer, cosa que el socialismo no admite. Como dijo León XIII en su encíclica Rerum novarum (1891): “Los postulados del sacialismo son injustísimos, pues, al destruir la propiedad privada, robarían al poseedor legítimo, elevarían el Estado a una esfera que no es la suya y causarían una confusión espantosa en la sociedad.” Esto no quiere decir que la Iglesia apruebe, ni mucho menos, los males sin cuento del capitalismo moderno. Los moralistas católicos condenan su avaricia y ambición, su desprecio de toda justicia, la tiranía con que esclaviza a los pobres, el control que ejerce sobre los Gobiernos, los excesos de sus juegos de bolsa, su intrusión odiosa en la prensa, etcétera, etc. Pero aunque admiten de grado la existencia de estos males, creen, sin embargo, que los males que traería el socialismo serían mucho peores. Porque el socialismo es una cura falsa, como es cura falsa el suicidio. Por otra parte, la moral católica sostiene y defiende que el derecho a poseer es un derecho fundado en la naturaleza humana. La posesión de cosas materiales no es patrimonio exclusivo del Estado, sino que compete igualmente a las corporaciones, a la familia y aun, al individuo. Este derecho que el hombre tiene a poseer se extiende no sólo a objetos de consunción diaria, como la comida, el vestido y la vivienda, sino también a objetos productivos, como fincas, minas, almacenes, ferrocarriles, fábricas, bancos, etc. Los monopolios del Estado no son socialismo si se extienden sólo a ciertos ramos administrativos, como el petróleo, el tabaco, los ferrocarriles, etc., cosa que con frecuencia demanda el bien común de la sociedad. Lo que podría hacer el Estado sin cometer una injusticia gravísima sería, por ejemplo, incautarse de las minas, ferrocarriles, centros docentes, etc., de particulares, sin la debida recompensa. Pero no se vaya a creer que la Iglesia no pone limitaciones al derecho de propiedad. Las pone, y bastante estrictas. El dueño no puede hacer lo que se le antoje con su propiedad. Puede, sí, disponer de ella como le plazca, pero no puede destruirla sin cometer una injusticia. El propietario no es más que administrador de los bienes que posee. Estos pertenecen a Dios. Ya lo dijo San Juan Crisóstomo en el siglo IV: “¿No es del Señor la tierra y todo lo que en ella se contiene? Si, pues, nuestras posesiones son un don común que recibimos del Señor, sigúese que pertenecen también a nuestros prójimos.” El propietario debe disponer de su riqueza de modo que el trabajador gane un salario decente y el consumidor pueda comprar lo que necesite a un precio razonable. Tan pronto como se dé cabida a la injusticia, el Estado tiene derecho a intervenir para limitar hasta cierto grado la propiedad privada. Lo dijo León XIII en su encíclica Rerum novarum“Cuando el bien común o una clase particular de la sociedad sufren o se ven amenazados de injusticia, si no hay otra manera de llegar a un, arreglo, la autoridad pública tiene derecho a intervenir y debe intervenir.”

BIBLIOGRAFIA.

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M. PrietoEl derecho de los trabajadores a vivir.
AzpiazuPatronos y obreros.
IdemProblemas sociales de actualidad. 
BeaulieuCristianismo y democracia. 
CarbonellEl colectivismo y la ortodoxia católica. 
Carrillo de Albornoz, El más “socialista” de los Santos Padres.
CathreinSocialismo y catolicismo.

Mandamientos segundo y tercero. Juramentos. Descanso dominical.

¿No es cierto que Jesucristo (Mat. V, 33-37) y Santiago prohibieron los juramentos absolutamente?

No hay que tomar aquí a la letra las palabras de Jesucristo, como han hecho los cuáqueros sectarios y como hicieron los albigenses en la Edad Media. Sabemos por la tradición divina y por la práctica de la Iglesia que los juramentos son lícitos en ciertas circunstancias y con las debidas condiciones. Al decir Jesucristo que “no jurásemos”, quiso decirnos que fuésemos tan veraces que no necesitásemos confirmar con juramentos nuestros asertos. Cuando Caifas le preguntó con juramento si era Hijo de Dios. Jesucristo respondió con toda mansedumbre que sí (Mat. XXVI, 63).  San Pablo puso repetidas veces a Dios por testigo de lo que decía (Romanos I,. 9; 2 Cor I, 25; XI, 31), y declaró que el fin de toda controversia es un juramento en confirmación de lo que se defiende (Hebr. VI, 16).  
San Jerónimo, citando a Jeremías (IV, 2), afirma que para que el juramento sea válido se necesitan tres condiciones: verdad, justicia y necesidad. El perjurio es siempre pecado mortal por su misma naturaleza, pues, además de ir contra el precepto divino (Lev. XIX, 12), implica menosprecio de Dios. Por eso lo castigan severamente lo mismo las leyes civiles que las eclesiásticas (cánones 1743, 1757 y 2323). Si el perjurio fuese lícito, nadie se fiaría de nadie, y la sociedad padecería grave detrimento. 
Los albigenses medievales, que condonaban el juramento en todas sus formas, eran mirados a la vez como enemigos del Estado y de la Iglesia, ya que la sociedad feudal de entonces descansaba enteramente en el juramento de fidelidad. 

¿Por qué y cuándo sustituyó el domingo al sábado? ¿No mandó Dios que guardásemos el sábado? ¿Con que derecho lo cambió el Papa? ¿Por qué están los católicos obligado a ir a misa todos los domingos bajo pena de condenación eterna? ¿Por qué se divierten tanto los católicos los días de fiesta? No parece esa buena manera de guardar las fiestas. ¿Creen acaso los católicos que si van a misa por la mañana ya pueden hacer durante el día todo lo que se les antoje?

El tercer mandamiento de la Ley Antigua dice así: “Acuérdate de que tienes que santificar el día del sábado” (Ex. XX, 8). Hay en este mandamiento dos partes: la moral, pues todos estamos obligados por la ley natural a dedicar ciertos tiempos al servicio exclusivo de Dios, y la ceremonial, en cuanto que en él se determinan el tiempo y los detalles de su observancia. Es evidente que la Iglesia no tiene autoridad para abrogar la ley natural; pero los apóstoles, como maestros infalibles de la Iglesia de Jesucristo, pudieron cambiar y cambiaron el día, los motivos y los detalles de la observancia del domingo. Sustituyeron el séptimo día -el sábado- por el primero -el domingo- para conmemorar la resurrección de Jesucristo en vez de la creación del mundo (Ex. 20, 11). Mitigaron en gran manera la dureza de la ley judía, aboliendo, por ejemplo, la pena de muerte (Ex XXXI, 15) y ciertas prohibiciones (XXXV, 3). Al principio, la observancia del domingo no fue más que un como suplemento o añadidura a la observancia sabatina; pero a medida que el golfo entre la iglesia y la sinagoga se ensanchaba, el sábado perdía importancia, hasta que terminó por desaparecer. 
Ya San Pablo y San Juan llamaban al primer día de la semana el día del Señor (Hechos XX, 7; 1 Cor X, 2; Apoc I, 10), y San Justino mártir (105), en su primera Apología (65), le llama domingo. San Ignacio de Antioquía nos dice que en él se conmemoraba la resurrección de Jesucristo (Ad Magnos 9), y lo mismo leemos en la epístola de Bernabé (capítulo XV).La Iglesia católica manda a sus hijos que santifiquen el domingo oyendo misa y absteniéndose de todo trabajo servil. La asistencia a la misa del domingo es mencionada por San Pablo (Hech. XX, 7) y por la Doctrina de los doce apóstoles, escrita al fin del siglo I, donde leemos: “Reunios el día del Señor para partir el pan (comulgar). Ofreced la Eucaristía después de haber confesado vuestros pecados, para que vuestro sacrificio sea puro” (capítulo 14).  
San Justino describe la misa del domingo con sus oraciones, sermón y lectura de ciertos pasajes bíblicos (Apol. 65). La Iglesia obliga a sus hijos a que oigan misa los domingos si pueden, bajo pena de pecado mortal, porque considera como un insulto a Jesucristo abstenerse, deliberadamente, de asistir a los cultos del domingo. 
Jesucristo está real y verdaderamente presente en nuestros altares, y en el sacrificio de la misa. El es el sacerdote y la Víctima que continúa la obra del Calvario, aplacando la ira divina y alcanzando para nosotros, pecadores, misericordia y perdón. ¿Diríamos que ama a su madre el hijo casado que vive cerca de ella, y no la visita una vez a la semana? Pues Jesucristo vive en el sagrario, es nuestro Padre y nuestro amigo, y quiere que le visitemos para llenarnos de sus gracias. Aunque no nos obligase la Iglesia, deberíamos acudir con frecuencia a participar en el santo sacrificio de la misa. En la primitiva Iglesia, como los cristianos acudían con tanto fervor al templo, no fue necesario legislar nada sobre la asistencia a los divinos oficios. 
El año 300, en el Concilio que se celebró en Elvira, de España, ya se decretó que a “los que se quedasen en la ciudad durante tres domingos sucesivos sin ir a la iglesia, se les negase la comunión hasta nueva orden” (21).  
Es evidente que la Iglesia no obliga en absoluto a todos a ir a misa. Están excusados los enfermos y convalecientes, los soldados cuando están de guardia o en ocupaciones de su profesión, los que durante la misa tienen que cuidar de la casa y de los niños, los que viven lejos de la iglesia, etc., etc. 
Tertuliano (160-240) menciona la abstención del trabajo servil los días festivos (De Orat 23).  
En cuanto al descanso dominical, hay que confesar que responde a una necesidad humana, como lo prueban el hecho de haber perdurado a través de los siglos y el fracaso de la Revolución francesa, que intentó en vano sustituir el día séptimo por el décimo.
La Iglesia prohibe a sus hijos todo trabajo servil los días festivos. Por trabajo servil hay que entender aquí el trabajo duro que hoy día hacemos todos, pero que antiguamente sólo hacían los esclavos. De esa manera, tienen oportunidad de oír misa y recibir los sacramentos los pobres jornaleros que tienen que trabajar y sudar toda la semana para ganar el pan que comen. Pero una vez que se ha oído misa la Iglesia no nos prohibe que nos recreemos honestamente los domingos y días festivos. 
Calvino no nos permitiría hoy jugar a la pelota los domingos. La Iglesia es más Madre y más humana que los falsos reformadores protestantes que “colaban el mosquito y tragaban, el camello”.

BIBLIOGRAFIA.

Apostolado de la PrensaCuatro palabras sobre el baile.
Id.El descanso dominical.
Id., Las diversiones. 
IdemEl tercero, santificar las fiestas. 
Id.,Las fiestas cristianas. 
IdemLa iglesia y la taberna. 
Id., Las lenguas maldicientes. 
GaumeProfanación del domingo. 
MazoCatecismo explicado.
ReigElementos de religión y moral.

SAN PEDRO DAMIÁN A LOS SODOMITAS: (Del Liber Gomorrhianus)

“Este vicio no puede compararse en absoluto con ningún otro, pues a todos los supera enormemente. Este vicio es la muerte del cuerpo, perdición del alma; infecta la carne, apaga las luces de la mente, expulsa al Espíritu Santo del templo del corazón, hace que entre el diablo fomentador de la lujuria; induce al error, hurta la verdad de la mente, engañándola; prepara trampas al que camina, cierra la boca del pozo a quien en él cae; abre el infierno, cierra las puertas del Paraíso, transforma al ciudadano de la Jerusalén celeste en habitante de la Babilonia infernal: secciona un miembro de la Iglesia y lo arroja a las codiciosas llamas de encendida Gehenna.
Este vicio busca abatir los muros de la patria celeste y busca reedificar lo que fueron incendiados en Sodoma. Es algo que atropella la sobriedad, que asesina el pudor, que degüella la castidad, que destroza la virginidad con la hoja de una repugnante infección. Todo lo ensucia, todo lo ofende, todo lo mancha y como no tiene en sí nada de puro, nada exento de indecencia, no soporta que nada sea puro. Como dice el apóstol, “todo es puro para los puros, pero para los infieles y contaminados nada es puro” (Tito 1, 15). Este vicio expulsa del coro de la familia eclesiástica y obliga a rezar con los endemoniados y con aquellos que sufren a causa del demonio; separa el alma de Dios para unirla al Diablo.
Esta pestilentísima reina de los sodomitas convierte a quienes se someten a su ley en torpes para los hombres y odiosos para Dios. Exige hacer una abominable guerra contra el Señor, militar bajo las insignias de un espíritu absolutamente malvado; separa del consorcio de los ángeles y con el yugo de su dominación extraña al alma de su nobleza innata. A sus soldados les priva de las armas de la virtud y los expone, para que sean traspasados, a los dardos de todos los vicios. Humilla en la iglesia, condena en el tribunal, corrompe en privado, deshonra en público, roe la conciencia con un gusano, quema la carne como el fuego, empuja a satisfacer la lujuria, y por otro lado teme ser descubierta, mostrarse en público, que los hombres la conozcan. El que mira con aprensión a su mismo cómplice en la perdición, ¿qué no podrá temer? …
La carne arde con el fuego del deseo, la mente tiembla helada por la sospecha, y el corazón del hombre infeliz hierve como un caos infernal: todas las veces que le golpean las espinas del pensamiento, en un cierto sentido, viene torturado con los tormentos del castigo. Una vez que esta venenosa serpiente ha hincado sus dientes en un alma desgraciada, la pobrecita pierde inmediatamente el control, la memoria se desvanece, la inteligencia se oscurece, se olvida de Dios y hasta de sí misma. Esta peste expulsa el fundamento de la fe, absorbe las fuerzas de la esperanza, destruye el vínculo de la caridad, elimina la justicia, abate el vigor, retira la temperancia, mina el fundamento de la prudencia.
¿Qué debo añadir todavía? En el momento en el que ha desterrado del escenario del corazón humano la lista de todas las virtudes, como quebrando los cerrojos de las puertas, hace entrar en él la bárbara turba de los vicios. A este se le aplica con exactitud aquel versículo de Jeremías (Lament 1, 10) que trata de la Jerusalén terrena: “El enemigo echó su mano a todas las cosas que Jerusalén tenía más apreciables; y ella ha visto entrar en su santuario a los gentiles, de los cuales habías tú mandado que no entrasen en tu iglesia”
El que es devorado por los ensangrentados colmillos de esta famélica bestia, es mantenido lejos, como por cadenas, de cualquier obra buena, y es instigado sin freno que lo contenga, por el precipicio de la más infame perversión. En cuanto se cae en este abismo de total perdición, ipso facto se destierra de la patria celeste, se es separado del Cuerpo de Cristo, rechazados por la autoridad de toda la Iglesia, condenados por el juicio de los Santos Padres, expulsados de la compañía de los ciudadanos de la ciudad celeste. El cielo se vuelve como de hierro, la tierra de bronce: ni se puede ascender a aquél, pues se está lastrado por el peso de crimen, ni sobre aquella podrá por mucho tiempo ocultar sus maldades en el escondrijo de la ignorancia. Ni podrá gozar aquí cuando está vivo, ni siquiera esperar en la otra vida cuando muera, porque ahora deberá soportar el oprobio del escarnio de los hombres y después los tormentos de la condenación eterna. […]
¡Lloro por ti, alma infeliz entregada a las porquerías de la impureza, y te lloro con todas las lágrimas que poseo en mis ojos! ¡Qué dolor! […]
Compadezco a un alma noble, hecha a imagen y semejanza de Dios y comprada con la Preciosísima Sangre de Cristo, más digna que los grandes edificios y ciertamente más digna de ser antepuesta a todas las construcciones humanas. Por eso me desespera la caída de un alma insigne y por la destrucción del templo en el que habitaba Cristo. Deshaceos en llanto, ojos míos, derramad ríos abundantes de lágrimas y regad, lúgubres, las gotas con un llanto continuo! “Derramen mis ojos sin cesar lágrimas, noche y día, porque la virgen, hija del pueblo mío se halla quebrantada por una gran aflicción, con una llaga sumamente maligna” (Jer. 14, 17). Y ciertamente la hija de mi pueblo ha sido golpeada por una herida mortal, porque el alma, que era hija de la Santa Iglesia ha sido cruelmente herida por el enemigo del género humano con el dardo de la impureza; y a ella, que en la corte del rey eterno era suavemente alimentada con la leche de los sagrados parlamentos, ahora se la ve tumbada, tumefacta y cadavérica, mortalmente infectada por el veneno de la líbido, entre las cenizas ardientes de Gomorra. “Aquellos que comían con más regalo han perecido en medio de las calles; cubiertos se ven de basura los que se criaban entre púrpura” (Lam. 4, 5). ¿Por qué? El profeta prosigue y dice: “Ha sido mayor el castigo de las maldades de la hija de mi pueblo que el del pecado de Sodoma; la cual fue destruida en un momento” (Lam. 4, 6). Y ciertamente la maldad del alma cristiana supera el pecado de los sodomitas, porque cada uno peca tanto más cuanto más rechaza los preceptos de la gracia evangélica: el conocimiento de la ley evangélica lo fija, para que no pueda encontrar remedio con ninguna excusa. ¡Helas!, alma desgraciada, ¡helas! ¿Pero porque no te das cuenta de la altura de la dignidad de la que has caído y de cómo te has despojado del honor de una gloria y de un esplendor inmenso? [… ]
Y tú dices: “Soy rico, y estoy enriquecido, y no tengo necesidad de ninguna cosa; y no conoces que tú eres un desventurado y miserable y pobre y ciego y desnudo” (Ap. 3, 17). ¡Infeliz, date cuenta de qué oscuridad ha envuelto tu corazón; advierte lo densa que es la tiniebla de la niebla que te rodea! […]
¡Ay de ti, alma desgraciada! Por tu perdición se entristecen los ángeles, mientras que el enemigo aplaude exultante. Te has convertido en prenda del demonio, botín de los malvados, despojo de los impíos. “Abrieron contra ti su boca todos tus enemigos; daban silbidos y rechinaban sus dientes, y decían: Nosotros nos la tragaremos. Ya llegó el día que estábamos aguardando. Ya vino, ya lo tenemos delante”. Por esto, ¡oh alma miserable!, yo te lloro con todas mis lágrimas: porque no te veo llorar a ti. [… ]
Si tú te humillases de verdad, yo exaltaría con todo mi corazón en el Señor por tu renacimiento espiritual. Si un verdadero y angustiante arrepentimiento golpease la profundidad de tu corazón, yo podría con justicia gozar de una alegría inimaginable. Por esta razón, alma, eres por encima de todo digna de llanto: ¡porque no lloras! Se hace necesario el dolor de los demás, desde el momento que no experimentas dolor por el peligro de la ruina que te amenaza; y eres digna de condoler con las más amargas lágrimas de la compasión fraterna porque ningún dolor te turba y no te puedes dar cuenta de la envergadura de tu desolación. ¿Por qué finges no ser consciente del peso de tu condenación? ¿Por qué no detienes este continuo acumular la ira divina sobre ti, bien enfangándote en los pecados, bien ensalzándote en la soberbia?”

El primer mandamiento de la ley de Dios. la oración. Por qué y cómo debemos orar.

¿Por que hemos de hacer oración a Dios, como si tratáramos de informarle de lo que El ya sabe? ¿No es cierto que Dios conoce de antemano nuestras necesidades? ¿Por qué, pues, se las hemos de declarar en nuestras peticiones? 

No hacemos oración para informar a Dios de nuestras necesidades, ni para dictarle lo que deba hacer, pues Dios todo lo sabe, y conoce hasta los secretos más recónditos del corazón humano, con todas sus necesidades. Hacemos oración a Dios porque queremos reconocer su poder y su bondad; porque comprendemos que dependemos de El todo, y porque El mismo nos enseñó a orar con su ejemplo y con su palabra. Jesucristo nos mandó que santificásemos el nombre de Dios; que hiciésemos la voluntad de Dios en la tierra, así como la hacen los bienaventurados en el cielo; que pidiésemos al cielo favores, tanto espirituales como temporales, por ejemplo, gracia para resistir a las tentaciones, el perdón de nuestros pecados y la gracia de la perseverancia final (Mat. VI 9-13; Luc. XI 1-4).   Prometió escuchar las plegarias que salgan de un corazón humilde, y lo aseveró diciendo: “Pedid, y se os dará; buscad, y encontraréis; llamad, y os abrirán” (Mateo VII, 7). Porque si “vosotros sabéis dar cosas buenas a vuestros hijos, con mayor razón vuestro Padre celestial dará el buen Espíritu a los que se lo pidan” (Luc. XI, 1-3).   Finalmente, dijo: “Cualquiera cosa que pidáis al Padre en mi nombre, os lo concederá…, como os concederé todo lo que me pidáis en mi nombre” (Juan XIV, 13-11). Asimismo, Jesucristo, antes de dar comienzo a sus ministerios, gastó en oración nada menos que cuarenta días (Marc. I, 35); pasaba también las noches en oración durante la vida pública (Luc. VI, 12); oraba antes de obrar un milagro, oró en el huerto de Getsemaní, y en la cruz pidió por Sí y por sus verdugos. San Pablo escribe a los fieles de Tesalónica que “oren sin cesar” (1 Tes V, 17), y a los corintios les dice que rueguen contra los enemigos de su salvación (2 Cor. XII, 27). Nada tan agradable como la conversación. Pues bien: la oración no es más que una conversación con Dios. Cuando oramos, no solamente pedimos a Dios favores, sino que le adoramos también y le alabamos y le agradecemos los favores que nos hace, y le pedimos humildemente perdón por nuestros pecados.

Parece que la oración y la plegaria implican un cambio por parte de Dios. Por otra parte, es evidente que Dios no puede cambiar. 

A esta dificultad respondió Santo Tomás con la sabiduría que le caracteriza. Dice así el angélico doctor: “La divina Providencia conoce no solamente los efectos que tendrán lugar, sino también las causas que han de producir tales efectos. Ahora bien: los actos humanos son la causa de ciertos efectos. Por tanto, los hombres pueden ejecutar ciertas acciones, no para cambiar con ellas la disposición divina, sino para obtener ciertos efectos según el orden de la disposición divina, y dígase lo mismo de las causas naturales. Este es, ciertamente, el caso en la oración. Oramos, no para cambiar la disposición divina, sino para obtener lo que Dios ha dispuesto que alcanzaremos si oramos, es decir, que—como escribió San Gregorio— “Los hombres, orando, puedan recibir lo que Dios todopoderoso dispuso desde toda la eternidad que daría (Summa 2, 2, q. 83, a. 2).

El Señor prometió conceder lo que le pidiésemos (Juan XIV, 13). Sin embargo, es un hecho que muchas de las cosas que pedimos no se nos conceden. 

A esta dificultad hay que responder haciendo algunas distinciones. Si con humildad y perseverancia pedimos bendiciones espirituales con las que aseguremos nuestra salvación, como gracia para resistir a las tentaciones, perdón de nuestros pecados y la gracia de la perseverancia final, no hay duda de que Dios despachará nuestra oración favorablemente. Si pedimos eso mismo para otros, Dios derramará a manos llenas sus gracias sobre ellos; pero, en último término, el pecador puede obstinarse y resistir a esas gracias hasta la muerte. Dios no forzará jamás la voluntad del hombre, pues no quiere en su servicio forzosos, sino voluntarios. Si le pedimos cosas temporales, como salud, dinero, éxito en los negocios, etcétera, Dios puede concedernos lo que pedimos precisamente negándonoslo. No olvidemos que debemos orar en armonía con el plan divino. Jesucristo nos enseñó esto cuando oró así a su Padre en el huerto de los Olivos: “Padre, si es posible, que pase de Mí este cáliz. Pero no se haga mi voluntad, sino la tuya” (Mat. XXVI, 39). San Pablo también pidió a Dios que le librase del aguijón de la carne, y oyó que Dios le decía que “la virtud se perfecciona en la enfermedad” (2 Cor XII, 7, 9).   Si la enfermedad nos acerca a Dios, y la salud hace que nos olvidemos de El; si los fracasos nos hacen más humildes y los éxitos más soberbios; si la pobreza es causa de que imitemos más de cerca a Jesús pobre, y con las riquezas nos ponemos a punto de perder la misma fe, ¿no sería crueldad por parte de Dios concedernos lo que le pedimos? No hay madre que dé a su niño la navaja de afeitar del padre, por mucho que llore el nene que quiera jugar con ella. No hay médico sensato que dé al paciente lo que pide si está cierto de que ello le causaría la muerte.

Por qué no rezan los católicos según les dicte el corazón, en vez de repetir siempre las mismas oraciones vocales? ¿Tenían acaso los primitivos cristianos cierto número de oraciones fijas en sus libros, como la tienen hoy los sacerdotes en la misa? 

En los tiempos apostólicos no se decía la misa por un misal, como ahora, sino que se decían ciertas oraciones compuestas, en parte, por el obispo que oficiaba. La opinión general hoy día es que las oraciones de la liturgia católica datan del siglo II. Desde luego, ciertas palabras, como las de la fórmula de la consagración, eran repetidas por los mismos apóstoles (San Justino, Apol 1, 05) y sus sucesores, siguiendo el mandato de Jesucristo (Luc. XXII, 19). Las lecciones, salmos, preces y sermones que se introdujeron en la misa no fueron más que una cristianización de las funciones religiosas de la sinagoga.San Pablo nos habla de la lectura de las Escrituras, de la recitación de himnos y salmos y de la respuesta Amén (1 Tim IV, 13; 1 Cor XIV, 26; 16) y San Lucas nos habla de las oraciones que seguían a la consagración (Hech II, 42). Cuando uno de los discípulos dijo a Jesucristo: “Señor, enséñanos a orar”, el Señor le satisfizo pronunciando la más hermosa de todas las oraciones y la que se ha venido repitiendo con más frecuencia, el Padrenuestro (Luc. XI, 1).  Por tanto, cuando la Iglesia aprueba ciertas oraciones, no hace más que imitar la conducta del Salvador, que aprobó la oración cristiana por antonomasia. Además, las oraciones de la Iglesia no pueden ser más hermosas si se leen y meditan con, sosiego y recogimiento. Las más comunes son el Credo, el Yo pecador, el Avemaria, el Angelus y el Rosario. Pero los católicos son libres para decir al Señor lo que crean oportuno y en la forma que mejor les cuadre. La Iglesia aprueba y alaba la oración mental. En ella se da rienda suelta a los efectos sin repetir vocalmente ninguna oración escrita en los libros. También ha florecido siempre en la Iglesia la contemplación u oración de silencio y recogimiento, como puede verse leyendo los escritos de los autores místicos. Léase a Santa Teresa de Jesús, o a San Juan de la Cruz, o a San Pedro de Alcántara, o a tantos otros que han sobresalido en esta contemplación privilegiada. San Juan de la Cruz dice que para llegar a esta oración, el alma debe estar despegada de todas las criaturas y debe estar indiferente para las sequedades o para las dulzuras que en ella pueda sentir, pues Dios exige al espíritu tal libertad, que el menor gusto o disgusto a una cosa impide la paz y recogimiento de esa contemplación sublime e interrumpe el silencio que necesita el alma para oír la voz de Dios, que habla al alma en la soledad. La Iglesia es la primera en oponerse a todo formulismo rutinario. Lo que ella quiere es que sus hijos se acerquen a Dios y vivan vida de fe, esperanza y caridad. Las oraciones que nos da escritas no son para que nos ciñamos a ellas exclusivamente, sino para que nos sirvan como de guía para encontrar a Dios, que habla al alma en la oración y en el silencio. Una vez que hemos encontrado a Dios, cesa la oración vocal, y el alma habla a su Señor sin las ataduras de palabras fijas, aprendidas tal vez de memoria. 

BIBLIOGRAFIA

CorralEl alma de todo apostoladoErmoniSan Pablo y la plegariaGubunasLa oración dominicalGranadaOración y meditaciónHerediaUna fuente de energíaMaumignyLa práctica de la oraciónNeumayrCompendio de Teología ascéticaSanta Teresa,Camino de perfección.SorazuLa vida espiritual.